UE: Modificación de los Lim. Máx. de Residuos (LMR) de Novalurón y Tetraconazol en determinados productos
El 03 de marzo de 2023, se publicó el Reglamento (UE) 2023/466 de la Comisión por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento (CE) Nro. 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los Límites Máximos de Residuos (LMR) de Novalurón y Tetraconazol en determinados productos.
Para el Novalurón, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) presentó un dictamen que procede a fijar los LMR para todos los productos en los límites de determinación específicos de cada producto del anexo V del Reglamento (CE) Nro. 396/2005. Este tendrá especial impacto sobre los LMR en manzanas, peras, damascos, ciruelas, duraznos, cerezas y arándanos.
Dicho dictamen se fundamentó principalmente por la falta de datos sobre cuestiones pertinentes desde el punto de vista toxicológico, especialmente por las incertidumbres relativas a las posibles propiedades de alteración endocrina de dicha sustancia activa.
Respecto al Tetraconazol, EFSA concluyó, que los LMR para las uvas de mesa, las uvas de vinificación, las frutillas, los damascos, los duraznos y varios cultivos más deben reducirse en consonancia con el principio de fijar los LMR a niveles tan bajos como sea razonablemente posible y sobre la base de las buenas prácticas agrícolas actuales.
Dichos LMR serán aplicables a partir del 26 de septiembre de 2023 ( Nuevos LMRs Novalurón y Tetraconazol )
En Argentina, Novalurón y Tetraconazol están registrados en el SENASA para su uso como insecticida y fungicida, respectivamente para varios cultivos de frutas y hortalizas, con LMR que van desde 0.01 a 2 mg/kg según el cultivo.
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Fuente:CIATI
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